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“Las armas de fuego son un adorno en los servicios de vigilancia y seguridad privada”

2021-08-26

Entrevistas FedeSeguridad

FedeSeguridad se reunió con Camilo Gutiérrez para hablar sobre las ventajas del uso de armas no letales en los servicios de vigilancia y seguridad privada, y por qué se debe disminuir el uso de armas de fuego. 

Las armas no letales están diseñadas para proteger la vida, y es por eso que la Federación Colombiana de Empresas de Vigilancia y Seguridad Privada FedeSeguridad, expone la urgente necesidad de regular su uso, comercialización y venta en el país. 

Para Nicolás Botero Páramo - Gaviria, director ejecutivo de FedeSeguridad, es necesario aclarar las dudas sobre este tema donde existe una confusión generalizada no solo por parte de la ciudadanía, sino también por las imprecisiones en las definiciones que se encuentran en la escasa normatividad vigente. 

“Con un decreto borrador por parte del Ministerio de Defensa para regular el uso de armas traumáticas, la descontrolada importación de armas no letales que llega al país, y la elevada sensación de inseguridad entre los colombianos, se hace necesario poner sobre la mesa más opciones que aporten a la reconfiguración que el país necesita alrededor del uso de las armas”, asegura Botero.  

Para aclarar las dudas sobre las armas no letales, definir qué se entiende a nivel internacional sobre este tipo de elementos, cuáles son las diferencias entre un arma no letal y un arma traumática, la polémica del uso de este tipo de armamento por parte de la fuerza pública, y cuál es el panorama actual del país sobre el tema, FedeSeguridad, el gremio que representa a las empresas más importantes de vigilancia y seguridad privada del país, habló con Camilo Gutiérrez, experto internacional en armas no letales. 



FedeSeguridad (FS): ¿De dónde viene la confusión de pensar que las armas no letales que usan los escuadrones antidisturbios como el Esmad, son las mismas que utiliza la vigilancia y la seguridad privada e incluso la delincuencia común? 

Camilo Gutiérrez (CG):  La confusión principal viene desde la definición que se tiene de armas no letales dictaminada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada donde se entiende que el arma no letal es el armamento que está diseñado para disuadir un ataque o prevenir amenazas, pero la concepción a nivel internacional de un arma no letal es que están diseñada para proteger la vida, no solo la del agresor sino la del usuario a partir de cuatro principios básicos: disuadir, denegar, detener y derrotar. 

Como la definición fue dictaminada hacia disuadir, hacia entender el arma no letal como un arma menos efectiva, y no un arma con un propósito distinto, pues simplemente se empezaron a aceptar las réplicas porque generaban este factor de pánico hacia el agresor y los disuadían, pero lo que no se tiene en cuenta, es que al mismo tiempo que se disuade al agresor, lo autorizan a utilizar un nivel de fuerza mayor, y esa es la parte más caótica del asunto. 

La definición del arma no letal debe estar enfocada a la protección de la vida multilateralmente, no simplemente al simple hecho de disuadir, sino que también debe tener la capacidad de derrotar a un adversario sin generar lesiones permanentes o la muerte. Por eso cuando yo asumo que un arma no letal es simplemente un arma letal, pero con su fuerza reducida, estoy en un concepto completamente erróneo.  

FS: ¿Un arma no letal no es una réplica de un arma real? 

CG: No puede serlo porque cuando se tiene una réplica, se está alegando un nivel de fuerza que no se tiene y en Colombia existe algo que se llama la proporcionalidad de la fuerza. Entonces, si usted saca un arma, sea de fogueo, o traumática, está diciendo “yo tengo un arma de fuego”, entonces si está alegando ese poder de fuerza, está autorizando a la otra persona a que la ataque con el mismo poder de fuerza. 

Pongamos el siguiente escenario en el cual el vigilante tiene una réplica, la saca para disuadir al agresor y el agresor tiene un arma de fuego real, ataca al vigilante, lo mata, y se defiende diciendo que lo mató por defensa legítima. Por eso es que las armas no letales no pueden ser réplicas, porque no tienen la capacidad de derrotar, es decir, el vigilante en ese momento está completamente desarmado, no tiene un arma con la capacidad de derrotar y aparte autorizó al criminal a dispararle. Por eso es que la definición tiene que ser modificada porque es un tema muy delicado.  

FS: ¿Entonces las armas no letales son diferentes a las de fogueo y a las traumáticas? 

Claro que sí, las tres son completamente diferentes.  

Un arma de fogueo y un arma traumática no son armas no letales porque son réplicas. La diferencia entre un arma de fogueo y un arma traumática es que el arma de fogueo es un arma que tira balas de salva, como las que usaban en las películas de acción, donde lo que se ve es el fogonazo y no dispara nada. 

El arma traumática es literalmente una réplica de un arma letal, solo que el proyectil contiene menos pólvora y dispara un proyectil de goma, pero es supremamente peligroso por el calibre del arma. Al ejercer presión sobre un punto tan pequeño, el impacto está supremamente enfocado y por eso es que perfora y genera heridas permanentes, se convierte en un arma peligrosa. 

Y las armas no letales no son réplicas de armas de fuego reales porque la función es distinta. Las diferencian con el color naranja en algún lado. Puede que tenga la forma de una pistola porque el diseño de una pistola se creó para la ergonomía de la mano y para disparar hacia algún objetivo con cierto asertividad, sin embargo, no son réplicas de ningún tipo de arma. 

Foto tomada de tangocolombia.com.coarma no letal. Imagen tomada de www.tangocolombia.com.co

 

FS: ¿Y estas armas pueden causar la muerte? 

CG: Las de fogueo con un cachazo porque no disparan proyectil, las traumáticas si pueden causar la muerte. Esa pregunta en realidad es muy amplia porque yo puedo causar la muerte con un lápiz, depende mucho del uso. 

Ahora, el riesgo de utilización de un arma traumática es mucho más alto que el de un arma no letal por la fuerza que aplica sobre una superficie muy pequeña cada proyectil. Entonces, si nos vamos a términos cuantitativos, estamos hablando de que un arma traumática aplica más o menos unos 144 Joules de fuerza sobre un espacio que mide menos de un centímetro cuadrado. Con proyectil redondo obviamente eso perfora la piel y dependiendo de la distancia va a variar la fuerza del impacto, pero usualmente si impacta en una zona en la cual es sensible al cuerpo humano, claro que puede causar la muerte. 

FS: ¿Dentro de las armas no letales hay clasificaciones? 

CG: La manera de clasificar las armas no letales s hace de acuerdo al tipo de mecanismo que utilizan para derrotar al adversario. Existen armas químicas (gases), armas eléctricas (teasers), de impacto cinético (beanbang que son super peligrosas), y también auditivas, pero estas últimas no se usan en Colombia. 

FS: ¿Todas estas armas se pueden utilizar en la seguridad privada? 

CG: Las armas no letales se utilizan de acuerdo con el nivel de riesgo o servicio que se va a prestar. Sería ilógico darle a un vigilante un lanzagranadas de gas si su labor es cuidar una propiedad. No, el arma se usa para proteger lo que se haya encomendado 

FS: ¿Cuáles crees que son las principales ventajas de usar este tipo de armas en la vigilancia y la seguridad privada? 

Son muchísimas las ventajas tanto para usuarios como para empresas. Para los usuarios hablamos del tema de proteger la vida. Si a mí me están agrediendo o me van a agredir, yo puedo proteger con un arma no letal sin entrar en contacto directo con la otra persona.  

Para las empresas a nivel operativo las armas no letales permiten flexibilidad en el uso de las armas. En la seguridad privada cuando se tiene un puesto armado, el último recurso es el arma de fuego y más del 90% del uso de las armas de fuego son malos usos ¿por qué? Porque primero las posibilidades de fallar un disparo son altísimas, segundo, si el atacante no está armado el vigilante puede terminar en la cárcel, tercero, si al vigilante le roban el arma se considera un mal uso, y esto pasa a menudo porque muchas de las armas que tiene la delincuencia en este momento, se las han robado a la vigilancia.  En conclusión, en este momento para la vigilancia y la seguridad privada, las armas de fuego son literalmente de decoración. 

Con las armas no letales hay mayor capacidad de acción, incluso el vigilante puede defender mejor a una persona de un posible atacante.   

A nivel financiero para las empresas de vigilancia y seguridad privada, las armas no letales son mucho más económicas que los salvoconductos de las armas de fuego. Además, las armas de fuego no se consideran un patrimonio de la empresa porque son un préstamo por parte del Estado hacia las empresas, entonces la empresa no crece sino simplemente invierte en un bien que no es de ellos. En cambio, las armas no letales si pasan a ser patrimonio de la empresa. 

Otra ventaja es que las armas no letales no requieren examen psicofísico, que quiere decir esto, que las personas de edad que han encomendado su vida y llevan cuarenta años en el tema de la seguridad privada y por capacidades propias de la edad no pasan el examen que se debe hacer cada año, los reubican o pierden su trabajo. Se supone que no es causal de despido en Colombia el hecho de no pasar el examen psicofísico, pero es más difícil ubicarlos y se convierte en un pasivo para la empresa, y si se convierte en un pasivo para la empresa, simplemente empieza una cacería de brujas para despedir a la persona. Entonces ¿qué permite el arma no letal? que esa persona siga trabajando, fomenta el empleo. 

FS: ¿Pero entonces el camino es sacar por completo las armas de fuego de los servicios de vigilancia y seguridad privada? 

Obviamente hay servicios que requieren armas de fuego como por ejemplo el transporte de valores. Lo que se puede hacer, es ofrecer un servicio mixto con armas de fuego, pero también con armas no letales para que sea el usuario final el que decida qué tipo de servicio quiere contratar. 

FS: ¿Qué opina sobre el decreto borrador de MinDefensa que regula el uso de armas traumáticas? 

CG: Es importante aclarar que, si uno analiza bien la regulación de Colombia, las armas traumáticas en realidad son consideradas armas de fuego ¿por qué? porque las armas de fuego en Colombia son cualquier elemento que a partir de la combustión de pólvora dispare un proyectil, y eso hace un arma traumática. Entonces ahí es cuando se pregunta ¿por qué todavía consideran las armas traumáticas como no letales? o ¿por qué son de venta libre si bajo la definición de Indumil eso son armas de fuego?, por eso hay que dejar muy claro que las armas traumáticas y de fogueo no son armas no letales. 

Con eso en mente, estoy de acuerdo, un arma traumática es supremamente agresiva. No está diseñada para causar o reducir a una persona a través del dolor, están diseñadas para causar lesiones permanentes. Y aunque hay que tener en cuenta que hay una dualidad en este tema (las armas traumáticas que usa la delincuencia vs las armas traumáticas que se usan a nivel comercial para capacitar personas), pienso que, si esta regulación es por un bien mayor enfocado a reducir la criminalidad y las letalidades a partir de armas traumáticas, pues claro que estoy de acuerdo. 

FS: Desde su experiencia ¿sabe cómo está Colombia en el tema de armas no letales a nivel Latinoamérica? 

CG: La regulación en Latinoamérica es muy vaga, por eso creo que Colombia se puede convertir en pionero del tema. Lo más cercano que tenemos en latinoamérica es el Departamento de Defensa de EE.UU. Quienes emiten circulares donde establecen cuáles son las armas no letales autorizadas, cómo funcionan, cómo pueden usarse e incluso ponen empresas que las fabrican. No hay más.  

Por eso creo que Colombia puede volverse experto en el tema, no solo desde el tema de vigilancia y seguridad privada, sino también en la generación de una política efectiva para el control de manifestaciones, tenemos la materia prima para hacerlo. Lo que tenemos que hacer es que sentarnos a pensar y discutir protocolos precisos que protejan la vida por encima de todo, y que protejan el derecho a la protesta pacífica. Si se hace bien, se pueden generar modelos aplicables en otros lugares. 

Sobre el experto: 

Camilo Gutiérrez, colombiano y negociador internacional, cuenta con más de siete años de experiencia en trabajo con armas no letales. Entrenado por el S.W.A.T. de Chicago, Los Ángeles, la Florida, actualmente capacita en el exterior a fuerzas como ejército y policía en el uso de armamento de letalidad reducida.  

 

 

 

 

 

Para más información sobre el tema visita:

Armas no letales en Colombia y la seguridad privada

 

 

 

 

 

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